A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Yuri Marcela Díaz Rodríguez·Respondent Ministerio De Salud / Superintendencia Nacional De Salud / Clínica Cafam La Floresta / Eps Famisanar
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencias suscitado entre la Sección Segunda del Juzgado Trece Administrativo de Oralidad de Bogotá y el Juzgado Diecinueve Civil Municipal de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente en la medida en que los despachos involucrados invocaron su falta de competencia con fundamento en normas de reparto, en particular, la del numeral 1º del artículo 1º del Decreto 333 de 2021.
Luego de analizar el asunto concluyó la Sala Plena que quien debe dar trámite a la acción de tutela invocada es la Sección Segunda del Juzgado Trece Administrativo de Oralidad de Bogotá, a donde ordenó enviar el expediente para que, de manera inmediata, adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hizo una advertencia a los dos operadores jurídicos para que, en lo sucesivo, observen con estricto rigor la jurisprudencia l sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto, relacionadas con el alcance de las normas de reparto y el análisis a priori de la eventual responsabilidad de los demandados, y se abstengan de formular conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 8 de noviembre de 2022 por la Sección Segunda del Juzgado Trece Administrativo de Oralidad de Bogotá, dentro del proceso de tutela promovido por Yuri Marcela Díaz Rodríguez contra el Ministerio Salud y Protección Social, la Superintendencia Nacional de Salud, la Clínica Cafam La Floresta de Bogotá y la EPS Famisanar.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4316 a la Sección Segunda del Juzgado Trece Administrativo de Oralidad de Bogotá para que, de manera inmediata, adopte la decisión de fondo que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR tanto a la Sección Segunda del Juzgado Trece Administrativo de Oralidad de Bogotá como al Juzgado Diecinueve Civil Municipal de la misma ciudad que, en lo sucesivo, observen con estricto rigor la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto relacionadas con el alcance de las normas de reparto y el análisis a priori de la eventual responsabilidad de los demandados, y se abstengan de formular conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR esta providencia a las partes de la tutela y al Juzgado Diecinueve Civil Municipal de Bogotá
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.